DECRETO-LEY 1/2021 DE 12 DE ENERO (MODIFICADO POR DECRETO-LEY 5/2021, DE 30 DE MARZO)
1️⃣ *CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE LOS SECTORES DEL COMERCIO MINORISTA Y HOSTELERÍA*
✅Concurrencia no competitiva
✅Las dos líneas de subvenciones son las siguientes:
- Línea 1. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico del comercio minorista. (solo las pymes incluidas en los epígafes del IAE del Anexo 1 del Decreto-Ley y las pymes artesanas inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucia)
- Línea 2. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico de la hostelería. (las incluidas en el Anexo 1 del Decreto-Ley)
✅El importe de la subvención es de 3.000 euros con carácter general, reduciéndose a una cuantía de 2.000 euros para aquellas pymes que hayan sido beneficiarias de una ayuda al amparo del Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre
⚠️ *El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el 7 de abril de 2021*
✅Toda la información ➡️Bases y Convocatoria https://www.juntadeandalucia.
➡️Extracto https://www.juntadeandalucia.